¿Eliminarán el ISR del aguinaldo? Lo que hay hoy, lo que se propuso y cómo preparar a tu gente
Contexto: a 9 de octubre de 2025 se presentó en la Cámara de Diputados una iniciativa para eliminar el ISR del aguinaldo. Aún no es ley. Esta guía ayuda a RH a comunicar bien, prepararse para ambos escenarios y bajar la fricción de diciembre.
Entre la “lana completa” y la ley: por qué cada diciembre se rompe la expectativa
Voy a hablar como RH en piso: cada año, al caer el aguinaldo, veo caras largas. “Yo esperaba más, me lo recortaron.” Y sí, cuando llega la retención, varias personas se sienten engañadas. Como decimos en el equipo: “Ellos esperan esa lana completa porque es su esfuerzo del año.” A nosotros nos toca explicar que es por ley, contener el mal clima y evitar que diciembre se vuelva temporada de renuncias.
Sobre la iniciativa reciente, mi sensación es parecida a la de muchos: “Si llegara a aprobarse eso de eliminar el ISR, honestamente, sería un alivio para todos… pero muchas veces lo anuncian y se queda en propuesta.” Por eso, aquí te dejo rutas claras para hoy y para si cambia.
¿Qué se propuso exactamente? (y en qué va el trámite)
Quién y qué: un grupo de diputados propuso exentar el aguinaldo del ISR, con cambios a la LISR, la LFT y la LFTSE(sector privado y público).
Estatus a la fecha indicada: la iniciativa fue turnada a comisiones. Esto significa que no está aprobada ni publicada; faltan dictámenes, votaciones en Cámara(s), posibles cambios y, en su caso, publicación en DOF y entrada en vigor.
Qué se mantiene vigente hoy: el aguinaldo sí puede causar ISR por encima del límite exento que marca la ley (el monto exento se mantiene; el excedente se grava). Tu nómina debe seguir calculando conforme al marco vigente hasta que haya reforma publicada y aplicable.
Traducción operativa: hoy no cambias procesos de nómina. Te preparas para comunicar mejor y, si más adelante se aprueba, ajustas.
Escenarios para RH: con y sin exención
Si no cambia la ley en 2025
- Qué decir (claro y humano): “El depósito viene con el cálculo fiscal vigente. No depende de la empresa. Nuestro foco es que recibas lo que marca la ley, sin errores y a tiempo.”
- Cómo contener el mal clima: agenda un Q&A de 15 minutos por turno la semana previa al pago; deja un pizarrón con 5 preguntas frecuentes y un código QR a una guía de cálculo simple.
- Qué ajustar internamente: checklist de doble validación de nómina de aguinaldo; script para supervisores; canal rápido para dudas (ticket/chat) con SLA de 24 h.
Si sí se aprueba (y se publica)
- Desde cuándo aplicaría: depende de transitorios y fecha de publicación. Prepárate para dos ventanas: (1) inmediata (mes de publicación) o (2) a partir del siguiente ejercicio. Comunicación masiva apenas se confirme.
- Ajustes de nómina: actualiza reglas en el sistema de cálculo y corre pruebas paralelas (before/after) en 3 casos tipo (salarios bajo/medio/alto).
- Mensaje a colaboradores: “A partir de la fecha X, el aguinaldo no tendrá retención de ISR (según reforma publicada). Verifica tus percepciones en tal fecha; te compartimos ejemplos comparativos.”
Simulaciones: aguinaldo neto con y sin ISR
Modelo didáctico para explicar, no asesoría fiscal. Sustituye los valores por los vigentes en tu empresa y agrega tus reglas internas.
Variables
- Salario diario integrado (SDI):
_____
- Días de aguinaldo por contrato:
_____
- Monto de aguinaldo bruto = SDI × días:
_____
- Límite exento aplicable vigente:
_____
Cálculo vigente (escenario sin reforma)
- Aguinaldo exento =
min(Bruto, Límite exento)
- Aguinaldo gravado =
Bruto – Exento
- ISR sobre gravado =
tarifa aplicable
- Neto =
Bruto – ISR sobre gravado
Cálculo si se aprueba exención total (escenario con reforma)
- Aguinaldo exento =
Bruto
- ISR =
$0
- Neto =
Bruto
Sugerencia: convierte esto en Google Sheet con tres perfiles (salarios de referencia) y comparte sólo el neto comparadopara no abrumar.
Comunicación que baja la tensión (plantillas listas para copiar)
Mensaje breve para chat interno / pizarrón
Equipo,
Este año el aguinaldo se calculará conforme a la ley vigente. Si hubiera cambios legales, lo comunicaremos en cuanto se publiquen oficialmente y diremos desde cuándo aplican.
Para dudas individuales, escribe a RH por el canal X. Tendremos espacios de 15 minutos por turno para explicar el cálculo.
Correo a colaboradores: “qué esperar del depósito”
Asunto: Aguinaldo: qué esperar y dónde resolver dudas
Hola,
El aguinaldo se depositará el [fecha]. El cálculo se hará con las reglas actuales. Si el depósito no coincide con lo que esperabas, revisa esta guía simple y contáctanos por [canal]; te respondemos en 24 h. Si la autoridad publica un cambio, te avisaremos de inmediato con el desde-cuándo y ejemplos comparativos.
Gracias por tu trabajo de todo el año.
Recursos Humanos
Q&A para supervisores en piso (preguntas incómodas incluidas)
P: “¿Por qué me descuentan si es mi aguinaldo?”
R: Porque la ley así lo establece hoy; hay una parte exenta y una parte que sí paga. No depende de la empresa.
P: “Vi una nota que dice que ya no van a descontar, ¿me lo pagan completo?”
R: Es iniciativa, no ley publicada. Si cambia, te avisamos desde qué fecha aplica y qué cambia en tu recibo.
P: “¿RH me está reteniendo de más?”
R: Usamos las tablas oficiales y un doble control. Si ves algo raro, levanta un ticket y lo revisamos en 24 h.
P: “¿Conviene renunciar en diciembre e irme a otro lado?”
R: Decide por paquete total (salario base, bonos, estabilidad, cultura). Evita moverte sólo por un depósito.
Retención y clima: cómo evitar la ola de renuncias de diciembre
- Señales tempranas: aumento de ausentismo, preguntas sobre constancias, gente comparando recibos.
- Acciones preventivas (4 semanas antes): micro-sesiones de 10–15 min por turno; publicar infografías con el flujo del cálculo (simple y visual); abrir oficina móvil de RH en piso dos días a la semana.
- Alternativas no salariales: timing de bonos de desempeño, días de descanso bien comunicados, reconocimientos públicos, horarios flexibles de cierre de año.
- Métricas de pulso semanal: bajas voluntarias, tickets de nómina abiertos/cerrados, satisfacción post-sesión (1–5), NPS interno de RH.
Checklist de acciones para RH (copiar/pegar)
- Verifica estatus legislativo cada semana (fuente oficial/medios confiables).
- Congela cambios de nómina hasta publicación oficial (si aplica reforma).
- Prepara dos comunicados: uno si no hay reforma, otro si sí (con fecha efectiva).
- Arma simulaciones para tres perfiles salariales y valida con Finanzas.
- Programa Q&A por turno y pizarrón de FAQs.
- Establece un SLA de 24 h para dudas de aguinaldo.
- Haz doble validación del cálculo y una corrida piloto con 10 colaboradores.
- Monitorea clima (encuesta de una pregunta) la semana de pago.
FAQs rápidas
¿La iniciativa ya es ley?
No. Es iniciativa turnada a comisiones. Hasta que no se apruebe, publique y entren en vigor los cambios, todo sigue igual.
¿Cuándo dejaría de retenerse si se aprueba?
Depende del decreto publicado: revisa fecha de publicación y artículos transitorios.
¿Esto aplica a todo el mundo por igual?
La propuesta mencionó sector privado y público. Hay que ver el texto final si se aprueba.
¿Qué hago si me llega menos de lo esperado este año?
Pide a RH una revisión del cálculo y revisa el límite exento aplicable. Te explicamos el comparativo.
Conclusión
Nuestra chamba en RH no es prometer cambios que no existen, sino acompañar con claridad. Mientras tanto, seguimos explicando, conteniendo y haciendo malabares con lo que hay. Si se aprueba la exención, será un alivio real: menos tensión, más motivación y mejor percepción sin subir sueldos. Hasta entonces, procesos claros y comunicación honesta.
Puntos clave (con fuentes):
- Es iniciativa, no ley (turnada a comisiones al 9/oct/2025). El Financiero
- Propuesta impulsada por diputados del PAN; buscaría modificar LISR, LFT y LFTSE (aplicaría a sector privado y público). El Financiero+1
- Estimación de renuncia recaudatoria ~20 mil millones y argumento de compensación por mayor consumo/IVA (según exposición citada por la prensa). El Economista
- Recordatorio del marco vigente: el aguinaldo tiene una parte exenta y el excedente sí paga ISR; hasta que haya reforma publicada, no cambias nómina. El Financiero